Audiencia absuelve asociación cannabis al no ver sancionable consumo en grupo

"No se trataba de un centro de distribución ilícita de droga a terceras personas ajenas"
La Vanguardia (España)
Martes, 10 de abril, 2018

La Audiencia de Lleida ha absuelto a tres miembros de una asociación cannábica de La Seu d'Urgell (Lleida) al considerar que se limitaban al consumo compartido de esta sustancia en el local de la entidad, lo que no constituye una conducta penalmente sancionable. La sentencia identifica la actividad que se llevaba a cabo en el domicilio como una que "podría asimilarse al consumo compartido y por lo tanto atípica", aunque no constitutiva de "una conducta penalmente sancionable". Esta atipicidad, según la sentencia, se da cuando se trata de consumidores habituales agrupados en un lugar cerrado, congregados en un grupo reducido, y con cantidades limitadas al consumo diario.