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Los cambios que proponen para regular la mota en México

Destacan la definición del consumo como derecho, eliminación de un ente regulador y posibilidad de licencias para sembrar, producir y vender cannabis y derivados

Escrito en NACIÓN el

La Cámara de Diputados presentó cambios a la minuta que reforma las normas de salud, seguridad y genera una nueva ley en materia de regulación de cannabis en México, enviada por el Senado de la República en noviembre.

Este jueves, las Comisiones de Justicia y Salud de la Cámara de Diputados circularon el proyecto de modificaciones al texto que en el Senado obtuvo una mayoría entre todos los partidos políticos, menos Acción Nacional. 

Entre esos cambios destaca el que define el consumo de cannabis como un derecho de los ciudadanos mexicanos, la eliminación de un instituto regulador e introduce la posibilidad de adquirir licencias que permitan a grandes empresas sembrar, producir y vender cannabis y sus derivados. 

Las Comisiones de San Lázaro citaron el lunes próximo, a las 18 horas, a una reunión para dictaminar el texto que, según acordaron los coordinadores parlamentarios, pasaría a discusión y votación el martes. Si el documento se avala con cambios, regresaría al Senado para ser analizado de nuevo.

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La diputada federal Martha Tagle, de Movimiento Ciudadano, acusó que la mayoría de los cambios a la minuta, enviada por los senadores, fueron hechos desde la Secretaría de Gobernación, y que avalarla la próxima semana evitaría que se discutieran con profundidad.

¿Cuáles son los cambios?

Entre los cambios destaca la eliminación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, que estaba contemplado para prevenir, regular y atender denuncias sobre el consumo dejando sus tareas a la Comisión Nacional Contra las Adicciones (Conadic). 

En el segundo artículo del proyecto de Ley Federal para la Regulación de Cannabis, se indica que “corresponde al gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Salud, de la Conadic y de las demás autoridades competentes, el control y la regulación de los actos regulados por la presente Ley”.

Se modificó también el título cuarto de la Ley que, originalmente, era sobre el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, y ahora es sobre las facultades de la Conadic en materia de regulación y control de cannabis psicoactivo. 

Además, se modificó el título segundo, que era sobre el uso del cannabis y ahora contempla la producción y sus derivados. Con esta modificación, se eliminó la propuesta de uso adulto y se incluyó la de auto consumo. 

En el proyecto de dictamen de la Cámara de Diputados se establece como un derecho de la población el consumo de marihuana, ya que se sustituyó la mención de que está “permitido” el consumo, en mayores de 18 años.

Ahora, en el artículo 11, se establece que “es derecho de las personas mayores de 18 años consumir cannabis psicoactivo. El consumo deberá realizarse son afectar a terceros, especialmente a personas menores de edad”. 

En reforma al artículo 29 de la legislación, se propone la creación de una “licencia integral” para que los titulares de éstas puedan realizar “todas las actividades comprendidas en la cadena productiva del cannabis”.

Así que, quien tenga una de estas licencias podría realizar desde el cultivo, la producción, la comercialización y venta al usuario final. En el documento enviado por el Senado se argumentó que esas licencias eran monopólicas y ponían en desventaja a los productores de comunidades indígenas. 

Sin embargo, en el artículo 30 se incluye la facultad para que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) dicte medidas para “impedir concentración indebida que afecte al mercado”, así que podrá negar la expedición de licencias o revocar las ya otorgadas.

Se mantiene como “prohibido el consumo de cannabis en lugares denominados como ‘100 % libres de humo de tabaco’, así como en escuelas, públicas y privadas, de cualquier nivel educativo”. 

Los diputados igual mantienen la propuesta de los senadores de elevar a seis el número de plantas que una persona puede tener en su casa para uso lúdico, y a ocho en caso de que vivan más de dos consumidores en la vivienda.

 

kach