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Absuelto un hombre que tenía en casa 120 plantas de marihuana: ¿hasta cuánto es autoconsumo?

Un goteo de sentencias absolutorias acompaña al 'boom' de los cultivos caseros de la droga

Ignacio Zafra
Imagen de una plantación de marihuana en una vivienda de Valencia distribuida el 4 de octubre por la policía.
Imagen de una plantación de marihuana en una vivienda de Valencia distribuida el 4 de octubre por la policía.

A las siete de la tarde del 30 de mayo de 2016 un vecino de Burjassot, en Valencia, llamó alarmado a la policía. Al mover un mueble en su planta baja había encontrado un agujero en la pared por el que temió que hubieran intentado entrar a robar. Dos agentes acudieron al lugar y al apartar una especie de tela al otro lado del muro, quedaron deslumbrados. La potente luz blanca procedía del cultivo de marihuana que había montado el vecino de la casa de al lado. La policía lo detuvo y decomisó 120 plantas. La fiscalía pidió para él dos años de cárcel. Pero la juez acaba de absolverlo al aceptar su versión de que eran para autoconsumo.

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La sentencia puede parecer excéntrica. Pero José Enrique Segrelles, el abogado de la defensa, extiende en la mesa de su despacho otros siete fallos en el mismo sentido dictados por juzgados y audiencias provinciales de distintos lugares de España. El goteo de resoluciones judiciales va en paralelo al boom de los cultivos caseros de una droga que, según señala la magistrada del Juzgado de lo Penal número 17 de Valencia, el Supremo ha encuadrado entre las que no provocan un "grave daño a la salud".

La Fiscalía todavía no ha decidido si va a recurrir el caso de la plantación de Burjassot, aunque lo previsible es que lo haga. El ministerio público no persigue a quien tiene una planta en el balcón, según explicaba en 2014 en Valencia el fiscal jefe antidroga, José Ramón Noreña, porque puede deducirse que es para autoconsumo. Pero en este caso son 120 plantas. Fuentes de la Fiscalía consideran, con todo, que no es fácil que la Audiencia de Valencia revoque la absolución si la magistrada ha argumentado la decisión a partir de las pruebas disponibles. Y se muestran preocupadas por el efecto que los anuncios de que grandes empresas van a entrar en el sector de la marihuana puede tener entre los ciudadanos al contribuir a normalizar la sustancia.

Las sentencias reunidas por el abogado Segrelles presentan matices. Pero todas parten de la doctrina clásica que distingue entre mera tenencia de una droga, que no constituye delito, y el propósito de traficar. Y la adaptan a la figura del "consumidor cultivador" . La Audiencia Provincial de Segovia señala, por ejemplo, que aunque la cantidad de marihuana intervenida a un joven al que absolvió en apelación pueda parecer elevada, 840 gramos, al valorarla debe tenerse en cuenta que la "producción artesanal" de la sustancia está condicionada por el "ciclo vital de la planta". Y que el dueño puede estar haciendo acopio para consumir "a lo largo del año".

En las absoluciones pesa el perfil del acusado. En el caso del vecino de Burjassot, se trata de un trabajador del sector industrial con empleo estable que en el momento de los hechos tenía 38 años y cuyo tren de vida se ajustaba a sus ingresos declarados. Había comprado con su pareja una casa en el pueblo, habían rehabilitado el primer piso con los ahorros y habían dejado la reforma de la planta baja para más adelante. Entretanto, según alegó en el juicio, decidió cultivar allí marihuana porque pensaba que ya no tenía edad para ir a comprarla a "los parques". El hombre carecía de antecedentes, la policía no sospechaba previamente que se dedicara a traficar y el hallazgo fue accidental. El asunto del agujero en la pared, en realidad unos viejos ladrillos desprendidos, fue archivado al no haberse producido un robo y no haberse podido determinar cuánto tiempo llevaba abierto.

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Instrucciones por Internet

La instalación del hombre constaba de cuatro lámparas, un sistema de ventilación, cinco temporizadores de corriente eléctrica y un higrómetro (un aparato para medir la humedad). La policía encontró 116 plantas en fase de crecimiento y cuatro en proceso de secado. La juez considera, aun así, que el conjunto resultaba "rudimentario" y que el acusado lo diseñó siguiendo unas instrucciones que encontró por Internet. El hombre accedió a que la policía entrara en su casa pese a no tener orden judicial, sigue la magistrada, y en el registro no se encontraron otros elementos propios de un camello, como bolsas de empaquetado, báscula de precisión y dinero en metálico para dar cambio.

Durante la instrucción de la causa el letrado logró reducir a casi una quinta parte los 3,7 kilos de droga que al principio se atribuían a su cliente. El secado y la eliminación de las "partes leñosas" de las plantas redujeron la cantidad a 1,1 kilos. A continuación, la defensa pidió que se quitaran las semillas, que no contienen la sustancia psicoactiva, el THC, y el peso disminuyó cerca de un tercio, hasta los 784 gramos. El abogado adujo que esa gran proporción de semillas —"un fallo de principiante, porque la fertilización reduce la producción"— era la prueba de que a pesar del volumen de cultivo su cliente era un aficionado. Y agregó que fue su falta de pericia la que, después de haber perdido una primera cosecha, lo empujó a asegurarse de que en el segundo intento conseguiría su objetivo plantando 120 marihuanas.

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Sobre la firma

Ignacio Zafra
Es redactor de la sección de Sociedad del diario EL PAÍS y está especializado en temas de política educativa. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia y Máster de periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid y EL PAÍS.

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