Defensa. No permitir la plantación fomenta el narcotráfico

Piden excarcelación de procesada por autocultivo de marihuana

La defensa de Alicia Castilla, una activa militante por la despenalización del autocultivo de marihuana, recientemente procesada por tenencia y cultivo de una treintena de plantines de cannabis, solicitó su excarcelación provisional, tras cumplirse más de 50 días desde su ingreso a prisión.

El escrito promovido por el ex juez Federico Alvarez Petraglia, hoy dedicado al ejercicio liberal de la profesión, solicita la excarcelación de Castilla, por cuanto la prisión preventiva dispuesta por la Justicia ya habría cumplido con los fines previstos en la legislación vigente.

Alvarez Petraglia fundamenta la requisitoria de excarcelación en la inexistencia de riesgo de fuga, su imposibilidad material de frustrar el diligenciamiento de pruebas, su «excelente conducta carcelaria» y que el delito imputado «no posee pena obstativa», según el escrito al cual accedió LA REPUBLICA.

La jueza letrada de 1º Turno de Atlántida, Adriana de Aziz, dispuso el pasado 31 de enero el procesamiento con prisión de Castilla como autora de un delito de «producción de sustancias estupefacientes prohibidas». Los allanamientos efectuados en su domicilio detectaron varios elementos para la producción de marihuna, 29 plantines de cannabis y 24 gramos de sustancia para consumo. Sin embargo, las plantas incautadas «ni siquiera llegan a su grado de madurez como para generar la flor que produce el alucinógeno», señala el abogado.

El procesamiento de Castilla, una militante en favor de la despenalización del autocultivo de marihuana y autora de varios libros sobre el tema, relanzó el debate social y político sobre la legalización del autocultivo de cannabis para consumo personal, con la elaboración de varios proyectos de ley sobre el tema.

 

Contrasentido

El escrito impetrado por Alvarez Petraglia critica, además, la tesis formulada por la jueza De Aziz para disponer el enjuiciamiento de Castilla, por cuanto la conducta imputada «resulta atípica, pues constituye un acto preparatorio de un hecho que otro artículo del propio Decreto Ley N° 14.294 considera impune, como lo es la tenencia de sustancias para el consumo personal».

«Esta defensa estima que en autos no se ha vulnerado el bien jurídico tutelado por el Decreto Ley antes aludido, pues este protege la salud pública, pero no la integridad física personal, integridad que en virtud de lo preceptuado por el artículo 44 del Código Penal, resulta disponible mediando consentimiento de su titular», señala Alvarez Petraglia.

Asimismo, la «unánime» interpretación de la norma otorga la posibilidad de penar cuando «la siembra o cultivo se haya realizado en gran escala y con la finalidad de su futura distribución, no cayendo en sus previsiones hipótesis como las de autos, donde una mujer adulta mayor lo único que ha intentado es investigar científicamente las plantas y producir pequeñas cantidades para su exclusivo consumo personal», dice el escrito.

Por tanto, «de mantenerse la postura de la Sede se llegaría al absurdo de que quedarían en libertad inmediata aquellos que compren a terceros marihuana abonando por ello un precio, y alentando el tráfico de tales sicotrópicos, y consideremos punibles a aquellos, como mi defendida, que evitando ese circuito siniestro decide plantar ella su marihuana para consumir, y de esa forma cortar con el mercado ilícito de drogas, al cual las autoridades deberían apuntar sus baterías y el esfuerzo y tributos que abonan los contribuyentes», culmina el abogado.

La tesis promovida por Alvarez Petraglia se sustenta en una amplia base doctrinaria promovida, entre otros, por el ex ministro de la Suprema Corte de Justicia, Milton Cairoli, y los reconocidos abogados Adela Reta, Amadeo Otatti, Gabriel Adriasola y Gonzalo Fernández.

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