Ley de autocultivo del cannabis medicinal garantizará acceso real al producto y frenará exposición penal

Los artículos de la ley establecen que aquellas personas que precisen del autocultivo del cannabis deberán indefectiblemente contar con un certificado médico visado por el MSP que avale que el paciente sufre alguna dolencia tratable con el aceite de cannabis. El proyecto fue aprobado por Senadores y pasa a Diputados para su tratamiento.

El proyecto aprobado por la Cámara de Senadores modifica los artículos 30 y 33 de la ley 1340/88 que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes, de tal manera que aquellas personas que precisen de la planta, o los representantes legales de éstas, estén exentas de pena alguna por sembrar y procesar la marihuana para uso exclusivo medicinal.

Los artículos del proyecto establecen que aquellas personas que precisen del autocultivo del cannabis deberán indefectiblemente contar con un certificado médico que deberá estar visado por el Ministerio de Salud Pública, el cual certificará que el paciente padece alguna dolencia tratable con el aceite de cannabis.

“Hay gente que está haciendo clandestinamente y me parece una barbaridad que se criminalice siendo que recurren al aceite de cannabis para paliar la dolencia de sus hijos”, afirmó el senador Víctor Ríos, proyectista en contacto con 1080AM.

Consideró una hipocresía la llamada guerra frontal a las drogas siendo que todos los días llegan cargamentos con kilos de marihuana recorriendo el país y nadie lo ve.

En la exposición de motivos, los proyectistas Patrick Kemper y Víctor Ríos expusieron que el derecho a acceder al autocultivo del cannabis con fines medicinales, destacaron que es parte integrante del derecho humano a la salud ya que personas de escasos recursos están obligadas a comprar aceite de cannabis importado a precios prohibitivos y no otorga una real posibilidad para quienes realmente necesitan esta medicina.

El aceite de cannabis autorizado tiene dos presentaciones con precios de 1.800.000 guaraníes para tratar la epilepsia refractaria y 1.314.000 guaraníes para patologías como la esclerosis múltiple, cáncer de huesos o páncreas, entre otros.

en el argumento de los proyectistas incluyen lo manifestado por el neurólogo pediátrico Víctor Gaona de que se observó tras el tratamiento con cannabis una mejora del estado general con mejor alimentación y calidad del sueño, mejor manejo del dolor y disminución de las crisis de las convulsiones.

Por su parte, el doctor Manuel Fresco, director del Centro de Adicciones afirmó que la elaboración casera de estos productos no es inusual ya que el cannabis es conocido por sus propiedades anti convulsionantes, analgésicas y antiinflamatorias y además se acostumbra aplicarse fricciones sobre la piel para dolores.

El proyecto pasa a Diputados para su estudio y posteriormente al Ejecutivo.

Desde la organización Mamá Cultiva celebran el paso dado para la promulgación de la ley para el cultivo seguro para acceder a la medicina que les da alivio para las dolencias de sus hijos que padecen diversas enfermedades.

Joven ciclista murió atropellada por una camioneta

Un accidente fatal ocurrió ayer en Minga Guazú, donde una mujer de 19 años fue embestida por una camioneta. El impacto le provocó la muerte de manera instantánea.

El percance sucedió sobre la ruta PY02, a la altura del Km18, ciudad de Minga Guazú, departamento de Alto Paraná, por donde circulaba una camioneta cuyo conductor asegura que la bicicleta le salió al paso de manera repentina.

El hombre no pudo frenar a tiempo y embistió a la ciclista, quien cayó al pavimento empujada por el impacto.

El Crio. Osvaldo Osorio confirmó en un contacto con a emisora 1020 AM que la joven Kiara Belén González Ojeda (19) falleció en el lugar del percance, de manera prácticamente instantánea.

El conductor fue identificado como Jair Weber Webww de 47 años, quien dio negativo al alcotest que se le practicó en el sitio tras el percance. Esta mañana deberá presentarse a declarar ante la Fiscalía, a partir de lo cual se dispondrán las medidas pertinentes.

Condenan a abuelo, falso médico ñana y a madre de la víctima por abuso sexual

La niña fue víctima de abuso sexual por parte de su abuelo desde que tenía 10 años. En tanto, el falso médico ñana abusó de la misma en el 2021.

El Ministerio Público, representado por el fiscal Alfredo Acosta Heyn, obtuvo la condena de un octogenario que abusaba sistemáticamente de su nieta menor, de un falso médico naturalista que también sometió sexualmente a la víctima y de la madre de la niña por descuidar a su hija. El juicio oral concluyó en la tarde de este jueves 16 de mayo en el Poder Judicial de Ciudad del Este.

El abuelo abusador fue declarado culpable por abuso sexual en niños y recibió una condena de 15 años de prisión.

Por su parte, el falso yuyero, identificado como Andrés Escurra, alias “André'i”, recibió sanción por coacción sexual y violación y condenado a 12 años de pena privativa de libertad.

En tanto, la madre de la víctima recibió una pena de 2 años por violación del deber de cuidado.

Según los antecedentes, el 9 de febrero del 2021, a las 13:30 horas, Escurra llegó hasta la casa del octogenario y le llamó por su nombre, manifestándole que era supuestamente médico y podría curarle de su enfermedad, lo que sorprendió al anciano al coincidir con su problema de salud.

El visitante le mencionó que era supuestamente de la zona de Caaguazú. Tras rezar por el abuelo, el presunto médico expresó que quería igualmente orar por su nieta de 14 años porque supuestamente también estaba enferma. Seguidamente, pidió a la niña que se cambiara el short vaquero por una pollera y solicitó a los demás miembros de la familia que le dejaran solo con la niña para hacer su trabajo. Sin embargo, al quedar solos, el desconocido amordazó con una ropa a la víctima y luego la violó.

Al salir del lugar, la menor confesó lo sucedido a su hermana mayor, mientras el agresor sexual abordó su motocicleta y escapó del lugar. No obstante, mediante las características físicas y por haber cometido un hecho similar en la zona de Caaguazú, el sujeto pudo ser identificado y detenido.

En el marco de la investigación del caso, un médico forense de la Fiscalía diagnosticó que la menor presentaba rotura de himen antiguo.  La niña al principio negó haber mantenido relaciones sexuales anteriormente. Pero durante la evaluación psicológica ante una profesional del Centro de Atención a Víctimas y en la Cámara Gesell confesó haber sufrido abuso sexual de manera sistemática de parte del abuelo, desde que tenía 10 años de edad.

También refirió que en varias ocasiones comentó sobre los abusos sexuales a su madre, quien no tomó ninguna determinación al respecto. Por lo tanto, la Fiscalía dispuso la imputación de todos los involucrados, hasta que finalmente la causa se elevó a juicio, que concluyó este jueves luego de varias sesiones, que incluyeron la explicación del test de credibilidad por la psicóloga del Ministerio Público y la defensa pública.

El fiscal Acosta Heyn pidió 20 años de prisión para el abuelo abusador, 12 para el falso médico naturalista y 2 años para la madre de la niña. En el caso del octogenario, el Tribunal conformado por Óscar Gabriel Genez, Evangelina Villalba y Lourdes Morínigo consideró factible la aplicación de 15 años de pena carcelaria.

Los nombres del abuelo, que actualmente tiene 84 años, y de la madre se omiten para proteger la identidad de la víctima, así como establece el Art. 29 del Código de la Niñez y Adolescencia.

Se habilita cárcel de Minga Guazú con nuevo régimen de encierro y modelo de reinserción

El Ministerio de Justicia abrirá las puertas de la penitencaría de Minga Guazú con más de 1.200 plazas y pabellones de máxima seguridad con estrictos regímenes de encierro para los reclusos de mayor peligrosidad.

El Centro de Reinserción Social de Minga Guazú será habilitado este viernes, como parte del plan que apunta a disminuir el hacinamiento en las cárceles y a descomprimir la población penitenciaria.

La capacidad es de 1.237 reclusos y la infraestructura consta de ocho módulos independientes: siete convencionales y uno de máxima seguridad. En los primeros caben 165 personas por cada uno, mientras que, en los de régimen cerrado especial pueden ingresar hasta 82 internos.

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Respecto al pabellón de máxima seguridad, la particularidad es que tiene restringida la circulación de internos por los pasillos. Los condenados podrán salir de sus celdas individuales solamente dos horas al día. Allí adentro recibirán los servicios básicos.

Otra restricción es la de las vistas privadas, salvo excepciones de visitas comunes recomendadas por el Organismo Técnico Criminológico (OTC). De ser así, tendrá agendamiento previo.

Las autoridades anunciaron que para los primeros días de junio prevén trasladar a la nueva cárcel a 40 personas con condena firme. Se alojarán en los módulos convencionales. En tanto, otras 15 inaugurarán las celdas especiales en el pabellón de máxima seguridad.

El modelo que se pretende aplicar abarca programas de reinserción que buscan reducir los índices de reincidencia de quienes cumplen sus condenas.

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